El actual ESTADO DE ALARMA en España ha limitado el movimiento de las personas en todo el territorio. Por ello, facilitamos la información y CERTIFICADO DE DESPLAZAMIENTO para que su EMPLEADO HOGAR o EMPLEADA HOGAR puedas desplazarse desde su domicilio particular al centro de actividad donde reside la familia.
DESCARGAR GRATIS PDF FORMULARIO CERTIFICADO DESPLAZAMIENTO
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A continuación, resumimos algunos puntos del RD 463/2020 del 14 de marzo de 2020 que declara el Estado de Alarma en España
a) Art.10 y anexo. Regula los establecimientos que pueden tener abierto al público
Alimentación, quioscos, ortopedias, peluquerías, etc, ver el anexo.
El resto de negocios podrán trabajar, sin atención directa al público, es decir, por video llamada, teléfono, mails, priorizando el teletrabajo y evitando los desplazamientos, aunque sin limitaciones si es a puerta cerrada, atendiendo solo a los transportistas y mensajeros.
En el caso de las peluquerías, el Gobierno ha decidido modificar su decisión inicial y finalmente incorpora la suspensión de la actividad comercial de las peluquerías, que también deberán cerrar al público. Únicamente se permite el Servicio de peluquería a domicilio.
b) Art. 14. Regula el transporte público y privado.
Hasta nueva regulación el transporte de mercancías por carretera, especialmente el relacionado con alimentación no sufre restricciones.
c) Disposición Adicional 1ª y 3ª.
Se suspenden los plazos procesales judiciales y administrativos, así como la prescripción y caducidad de los expedientes.
Si lo desea, puede descargarse los documentos originales del REAL DECRETO RD 463/2020 (DESCARGAR PDF), las instrucciones aclaratorias «Cuestionario de Restricciones o Preguntas Frecuentes» de la RESOLUCIÓ SLT-737-2020 de la Generalitat de Catalunya (DESCARGAR PDF) y, «RESUM» RESOLUCIÓ SLT-737-2020 (DESCARGAR PDF)